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Transparencia y acceso a la información pública

El derecho de acceso a la información pública está consignado en los incisos 27 y 43 de la norma jurídica superior de la HVMA. Establece a cada ciudadano el acceso a la información pública, la presentación de peticiones y acceso a documentos públicos con excepción de aquellos previstos en la legislación. Con este derecho se puede solicitar y exigir a la administración su reconocimiento en el cumplimiento del deber. A través del reglamento de acceso a la información pública el centro de transparencia establece los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho, de modo que la distribución y publicación de la información por vía electrónica y el establecimiento de los criterios para su acceso así como la elaboración de los instrumentos de administración de la información generada por los entes constituyen herramientas para facilitar la materialización del derecho, con el objeto de que sea brindada oportuna, veraz y completamente. Esto también incluye la información clasificada.

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